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El cambio del Reglamento que se ha colado sin hacer ruido el 1 de octubre: adelantar a un ciclista como lo has hecho siempre ya puede costarte 200 euros aunque dejes metro y medio

El cambio del Reglamento que se ha colado sin hacer ruido el 1 de octubre: adelantar a un ciclista como lo has hecho siempre ya puede costarte 200 euros aunque dejes metro y medio

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Por: Autonoción Redacción

Publicado: 08.11.2026 12:00

Si en octubre leíste algo sobre ciclistas y adelantamientos, lo más probable es que te quedaras con una idea: ahora hay que cambiarse de carril entero para pasarlos. La propia nota de prensa de la DGT lo coloca en su lista de principales cambios. Pues no es nuevo. Esa obligación está en la Ley de Tráfico desde marzo de 2022, y el que no la cumplía ya se la estaba jugando.

Lo que sí entró en vigor el 1 de octubre, con el Real Decreto 518/2026, es bastante más incómodo para el que va con prisa: fuera de poblado tienes que circular al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía desde antes de empezar a adelantar al ciclista hasta que terminas la maniobra. Y es que el Reglamento le ha dado la vuelta a lo que nos enseñaron a casi todos.

Durante años, la consigna era justo la contraria.

Dos ciclistas circulando por una carretera
Ciclistas en carretera. Foto: Markus Spiske markusspiske · CC0. Fuente: Wikimedia Commons · Licencia · Imagen redimensionada, sin recorte.

El artículo 85.1 del Reglamento General de Circulación sigue diciendo que quien adelanta debe ir a una velocidad «notoriamente superior» a la del adelantado. La idea era pasar rápido para estar el menor tiempo posible al lado de la bici. El preámbulo del nuevo real decreto cambia el criterio sin rodeos: con ciclistas, peatones, ciclomotores o patinetes la diferencia de velocidad ya es grande, así que proteger al más débil obliga a bajar la velocidad, no a subirla. A mí me parece de cajón. Las dos cosas conviven: vas más rápido que la bici, pero lejos del límite.

Lo que ya tenías que hacer (y mucha gente sigue sin hacer)

La regla del carril entero la metió la Ley 18/2021, que reformó la Ley de Tráfico y entró en vigor el 21 de marzo de 2022. Su artículo 35.4 obliga a adelantar a un ciclo o un ciclomotor ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, con al menos 1,5 metros de separación lateral. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, el cambio de carril tiene que ser completo. Y esa ley no distingue entre ciudad y carretera para el metro y medio.

¿Qué ha hecho entonces el real decreto? Llevar esa misma redacción al Reglamento, cuyo artículo 85.4 solo hablaba hasta septiembre de 1,5 metros fuera de poblado, y aplicarla también a peatones, animales y vehículos de movilidad personal, que la Ley no menciona en ese artículo. Además, la prohibición de adelantar poniendo en peligro a quien viene de frente, aunque vaya por el arcén, ya no se limita a los ciclistas.

El resto de la reforma ya lo repasamos en su día con todos los cambios de casco, chaleco y distancias en ciudad. Aquí vamos solo a la maniobra de adelantar.

Un carril por sentido o dos: la maniobra no es la misma

Piensa en una nacional de un carril por sentido con un ciclista pegado a la derecha. Aquí puedes invadir parte o todo el carril contrario, y lo que manda es que entre tu coche y la bici haya como mínimo metro y medio.

Si hay línea continua, el artículo 88.2 del Reglamento te sigue dejando adelantar a ciclistas cuando puedas hacerlo sin riesgo para ellos ni para el resto, y después de comprobar que la maniobra no tiene peligro. La reforma de octubre no ha tocado eso. Si tienes dudas con la raya, aquí tienes lo que dice la norma sobre pisar la línea continua.

Ahora cambia el escenario: autovía o carretera desdoblada, dos carriles en tu sentido y un pelotón rodando por el arcén. Aquí ya no vale abrirte hasta pisar la línea discontinua y pasar. La norma exige el cambio completo de carril. Además, cuando los ciclistas van en grupo, el Reglamento los considera una única unidad móvil, así que tienes que tratar al pelotón entero como si fuera un solo vehículo. El adelantamiento dura más de lo que parece. Si no ves hueco en el carril izquierdo, toca esperar detrás.

Un carril por sentido
Sentido contrario
Tu carril
COCHE
BICI
≥ 1,5 m
Invades parte o todo el carril contrario y dejas al menos 1,5 m. Con línea continua, solo si no hay riesgo (art. 88.2 RGC).
Dos o más carriles por sentido
Carril izquierdo
Carril derecho
Arcén
COCHE
BICI
Cambio completo de carril: todo el coche en el carril de al lado. Un grupo de ciclistas cuenta como una única unidad.
NUEVO
Fuera de poblado
−20 km/h
Como mínimo, respecto al límite de la vía, antes de iniciar el adelantamiento y durante toda la maniobra.
Vía a 90 km/h → 70 máximo
Vía a 120 km/h → 100 máximo
Qué te cuesta
Infracción grave (art. 85 RGC)200 €
Pago en 20 días naturales100 €
Sin 1,5 m o poniendo en peligro al ciclista6 puntos
Sin cambio completo de carril o sin bajar 20 km/h, a secasSin fila propia de puntos

Los 20 km/h, la novedad que de verdad te cambia la conducción

La regla nueva tiene tres matices que conviene leer despacio. Solo se aplica fuera de poblado. Se calcula sobre el límite de la vía, sea cual sea la velocidad a la que llegas. Y hay que cumplirla desde antes de iniciar la maniobra, también en los metros previos a ponerte a la altura del ciclista.

Traducido a números: en una carretera convencional limitada a 90 km/h, mientras adelantas a la bici no puedes pasar de 70. En una autovía a 120 con ciclistas por el arcén, el tope durante el adelantamiento es 100. El texto dice «al menos» 20 km/h, así que bajar más está permitido. Bajar menos, no.

Pongamos un ciclista rodando a 25 km/h. Con la costumbre de siempre, un coche que lo pasaba a 90 le sacaba 65 km/h de diferencia a metro y medio de distancia. Con la norma nueva, a 70 como mucho, la diferencia baja a 45. Para mí ahí está todo el sentido de la medida, que el propio Reglamento resume en que el adelantado no vea comprometida su estabilidad.

Hay cosas que todavía no sé. El real decreto no explica cómo van a comprobar los agentes esa rebaja de velocidad en plena maniobra, y no he encontrado datos oficiales de cuántas denuncias se han puesto por este motivo desde octubre.

Multa y puntos: cuándo son 200 euros y cuándo te quitan 6

El artículo 85 del Reglamento califica como grave cualquier incumplimiento de estas normas de adelantamiento, y la Ley de Tráfico castiga las graves con 200 euros. Si pagas en los 20 días naturales siguientes a la notificación, se queda en 100 euros.

Los puntos son otra historia. El Anexo II de la Ley resta 6 puntos por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas, o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros. No cambiar de carril entero o no bajar los 20 km/h no tiene una fila propia en ese anexo. Por eso hablamos de hasta 6 puntos: a palo seco serían 200 euros, pero si el agente aprecia que pusiste en peligro al ciclista o que no dejaste el metro y medio, se van los seis.

Un detalle más. Si es una grave sin puntos y la pagas con el descuento, la Ley establece que no computa como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores.

El error que más me preocupa: frenar cuando ya estás encima

Ya os aviso: si algo veo venir con esta norma es el frenazo de última hora. Ves la bici tarde, te acuerdas de los 20 km/h y pisas fuerte con otro coche pegado detrás. Mala idea. La Ley de Tráfico ya obliga a que, salvo peligro inminente, quien vaya a reducir considerablemente la velocidad se asegure de que no hay riesgo para los de detrás y lo advierta antes.

La solución es aburrida, pero funciona: levanta el pie en cuanto veas al ciclista a lo lejos, pon el intermitente con tiempo y decide si tienes hueco antes de llegar a su altura. Si no lo tienes, quédate detrás. Son unos segundos.

El Real Decreto 518/2026 se firmó el 24 de junio, salió publicado en el BOE el 26 de junio y está en vigor desde el 1 de octubre. La obligación de cambiar de carril entero para adelantar a un ciclista, en cambio, figura en el artículo 35.4 de la Ley de Tráfico desde el 21 de marzo de 2022.

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