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Prescripción de multas: cuándo prescribe una multa de tráfico y qué plazos se aplican

Prescripción de multas: cuándo prescribe una multa de tráfico y qué plazos se aplican

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Por: Autonoción Redacción

Publicado: 13.09.2026 15:00

Has recibido una multa meses después de cometer la infracción y te asalta la duda: ¿todavía estás a tiempo de pagarla? ¿O quizá la sanción ha prescrito? Es una pregunta más común de lo que crees, y la respuesta no siempre es sencilla.

Te explicamos con claridad los plazos que establece la ley, la diferencia entre prescripción y caducidad, y qué hacer si crees que tu multa ha prescrito. Porque, aunque no lo parezca, las multas de tráfico no duran para siempre.

Prescripción de la infracción: el primer reloj que corre

La prescripción de la infracción es el tiempo que tiene la Administración para notificarte la denuncia desde que cometiste los hechos. No es el tiempo que tienes para pagar, sino el plazo máximo para que te comuniquen oficialmente que has sido sancionado.

El artículo 112 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico establece plazos distintos según la gravedad de la infracción:

  • Infracciones leves (hasta 100 euros): prescriben a los tres meses.
  • Infracciones graves y muy graves (a partir de 200 euros): prescriben a los seis meses.

Un detalle clave: el plazo empieza a contar desde el día en que se cometió la infracción, no desde que recibes la notificación. Si, por ejemplo, un radar te caza el 15 de enero, la DGT tiene hasta el 15 de julio para notificarte la multa si es grave. Si la notificación llega más tarde, la infracción ha prescrito y no tendrías que pagar.

Prescripción de la sanción: el segundo reloj (cuando la multa ya es firme)

Pero hay un segundo concepto que también debes conocer. Una vez que la multa es firme (porque la has pagado con descuento, porque has perdido el recurso o porque no has recurrido a tiempo), empieza a correr otro reloj: el de la prescripción de la sanción.

En este caso, los plazos son:

  • Sanciones económicas: prescriben a los cuatro años. La Administración tiene ese tiempo para exigirte el pago.
  • Sanciones no pecuniarias (como la pérdida de puntos o la suspensión del permiso): prescriben al año.

Esto significa que, si la multa es firme y pasan cuatro años sin que la DGT o el ayuntamiento realicen ninguna actuación para cobrarla, la sanción podría prescribir. Eso sí, en la práctica es poco habitual, porque los sistemas de cobro suelen estar automatizados y los plazos se interrumpen con frecuencia.

Caducidad del procedimiento: un tercer plazo que no debes confundir

Además de la prescripción, existe la caducidad del procedimiento sancionador. Una vez que la denuncia se ha notificado y se ha abierto el expediente, la Administración tiene un año para dictar y notificar la resolución. Si no lo hace, el procedimiento caduca y debe archivarse. Eso no significa que la infracción desaparezca del todo, pero ese expediente concreto queda sin efecto.

Qué detiene el reloj de la prescripción

Los plazos de prescripción no son ininterrumpidos. Cualquier actuación formal de la Administración dirigida a notificar la denuncia, identificar al responsable o iniciar el cobro interrumpe la prescripción. Cuando esto ocurre, el contador vuelve a cero y empieza de nuevo.

Por eso, aunque hayan pasado varios meses desde la infracción, la multa puede seguir siendo válida si la DGT ha realizado alguna gestión oficial dentro del plazo.

¿Cómo saber si tu multa ha prescrito?

Si crees que tu multa puede haber prescrito, lo primero es reunir la información completa del expediente: fecha de la infracción, fecha de la notificación y estado actual del procedimiento.

Puedes consultar tus sanciones pendientes a través de:

  • La aplicación miDGT, que te permite ver el estado de tus multas directamente desde el móvil.
  • La sede electrónica de la DGT, donde también puedes acceder al Tablón Edictal Único (TEU) para ver notificaciones que no pudieron entregarse en el domicilio.
  • Los canales del ayuntamiento correspondiente si la multa es municipal, ya que cada consistorio gestiona sus expedientes de forma independiente.

Si la multa ha prescrito, no necesitas recurrir la sanción en sí: puedes presentar un escrito solicitando que se declare la prescripción, adjuntando las fechas clave.

Un consejo importante: pagar y recurrir son incompatibles

Si decides acogerte al pronto pago (el 50% de descuento en los primeros 20 días), renuncias a tu derecho a recurrir. Esa es una decisión importante. Si crees que la multa ha prescrito o que la notificación es incorrecta, no pagues; presenta alegaciones. Pero ten en cuenta que, si las alegaciones no prosperan, perderás el descuento y tendrás que pagar el importe íntegro.

Las multas tienen fecha de caducidad, pero mucho menos generosa de lo que a veces se cree. Conocer los plazos te ayuda a decidir si recurrir o pagar, y a no dejar pasar el tiempo sin hacer nada.

EL GARAJEvia El Garaje

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