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Un fondo de pantalla por un euro: la rifa del Tesla Model S Plaid del youtuber TheGrefg que acaba en una multa de 750.000 euros

Un fondo de pantalla por un euro: la rifa del Tesla Model S Plaid del youtuber TheGrefg que acaba en una multa de 750.000 euros

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Por: Luis Reyes

Publicado: 09.10.2026 11:34

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 750.000 euros a EBR Management SLU, la empresa que organizó el sorteo de un vehículo de lujo propiedad de un conocido influencer español afincado en Andorra.

Al parecer, según la nota de prensa del propio ministerio, la rifa se celebró sin la autorización que exige la Ley de Regulación del Juego. Y la compañía nunca la pidió.

El caso se ha dado a conocer hoy 9 de octubre de 2026 en Madrid. Detrás hay una fórmula que mezcla redes sociales, productos digitales y apuestas y que Consumo considera como una infracción muy grave.

Cómo funcionaba el sorteo

La mecánica tenía apariencia de compra normal. Quien quisiera optar al coche no adquiría un boleto, sino un fondo de pantalla digital que EBR vendía a través de su página web por un euro. Cada compra equivalía a una participación en el sorteo.

El reclamo era potente. El vehículo, que pertenecía al propio youtuber, estaba valorado en ese momento en más de 75.000 euros -un Tesla Model S Plaid-, aunque su dueño aseguraba que le había costado 120.000 euros. La promoción corrió a cargo del influencer en sus redes sociales con una audiencia sólo en Youtube de 19.9 millones de suscriptores.

El resultado fue espectacular y es que se vendiero 376.850 participaciones. Es decir, 376.850 euros recaudados con imágenes para decorar la pantalla del móvil o del ordenador.

La rifa estuvo abierta entre el 24 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025, en plenas fiestas navideñas. Se podía participar desde direcciones IP españolas, un detalle clave para que la normativa nacional resultara aplicable.

Sin permiso o eso dice el Ministerio

Aquí está el núcleo del expediente. En España, celebrar una rifa requiere un título habilitante, y EBR Management no lo tenía. Tampoco lo solicitó en ningún momento.

El procedimiento siguió varios pasos. Primero, la Dirección General de Ordenación del Juego realizó las diligencias previas oportunas. Después abrió un expediente sancionador, al entender que los hechos encajaban en la infracción muy grave recogida en el artículo 39.a) de la Ley de Regulación del Juego. Finalmente fue la Dirección General de Consumo la que dictó la resolución y fijó la cuantía de la multa: 750.000 euros.

La cifra casi duplica lo que la empresa ingresó con la venta de las participaciones.

La empresa recurrió, pero esto no convenció a Consumo

EBR no aceptó la sanción y presentó un recurso. Su argumento era que no había organizado una rifa, sino una combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales, una figura distinta a efectos legales.

El Ministerio no lo vio así. Lo rechazó y mantuvo la calificación inicial. La compañía también pidió que se rebajara el importe de la multa. Tampoco hubo suerte. Según Consumo, el cálculo de la sanción ya incluía una reducción respecto a la cantidad que en principio podría haberle correspondido, por lo que no procedía aplicar otra.

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