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DGT y Guardia Civil se ponen serios con los VMP: así funciona el registro y cuándo te pueden inmovilizar el patinete

Javier Rodríguez

Por: Javier Rodríguez

Publicado el 08.02.2026 19:00

VMP DGT multas

Las fuerzas del orden y la DGT van a ser implacables con las VMP, y las primeras consecuencias ya las están sufriendo los usuarios. El pasado 1 de enero debía entrar en vigor la nueva normativa que obligaba a la identificación de estos vehículos de movilidad personal, al mismo tiempo que era obligatorio contar con un seguro, pero la norma estaba paralizada porque el Gobierno tenía que aprobarla y que fuera publicada en el BOE. Esto ya ha sucedido, a finales del mes de enero, y las primeras multas no se han hecho esperar.

La nueva normativa para los VMP

Los VMP, vehículos de movilidad personal, están en el punto de mira, especialmente los patinetes eléctricos, los causantes directos de las nuevas regulaciones. Su uso ha crecido tanto que ha obligado a la DGT a tomar cartas en el asunto, hacía falta una regulación y está ya ha llegado. Los accidentes y percances con este tipo de vehículos han aumentado en los últimos años, hasta el punto que el organismo ha optado por identificar a todos aquellos que circulen por las calles de nuestro país, obviamente, la mayoría concentrados en las grandes ciudades, pero afecta a todos. Es obligatorio registrar cada uno de ellos en la DGT, y contratar un seguro que cubra, al menos, daños a terceros.

La vigilancia estos últimos días se ha incrementado, el objetivo es claro, hay que cumplir la norma, y este primer momento de la nueva normativa, hay que concienciar a la ciudadanía que utilice estos vehículos, porque el objetivo es reducir la siniestralidad. El nuevo marco legal es claro, y hay que cumplirlo.

DGT un VMP

Es importante saber hasta donde llega la norma, porque no todos estos vehículos están sometidos a la vigilancia de las fuerzas de seguridad. Estos vehículos, diseñados para una sola persona y propulsados con motores eléctricos, deben contar con identificación y seguro, siempre que superen el mínimo de los 6 kilómetros por hora y no superen los 25 kilómetros por hora. Estos vehículos deben ir por la carretera, nunca por la acera. Queda prohíbo el acceso a autopistas, túneles y vías interurbanos, al igual que travesías.

Registro obligatorio de VMP

Para quienes aún no lo hayan hecho, el registro de los vehículos de movilidad personas se puede hacer a través de la página oficial de la DGT, en la Sede Electrónica, y abonar una tasa administrativa. Una vez realizado este trámite, habría que contratar un seguro, vinculado al número de identificación aportado en la DGT.

Los vehículos de movilidad personal ya se venden con un número de identificación, este es el que hay que presentar en la DGT. Los vehículos más antiguos de enero de 2024 y que no tengan identificación, podrán darse de alta siempre que se presente una factura, de comprar o de revisión del mismo, pero dejarán de ser legales el 22 de enero del 2027.

Multas de la DGT

En caso de no cumplir con la normativa, las multas serán de entre 202 y 610 euros por no tener identificación, y de 250 a 800 por no contar con un seguro. En el peor de los casos, la multa podría ascender a los 1.410 euros, y los agentes o la Guardia Civil pueden inmovilizar el vehículo.

La DGT se pone dura con los patinetes, son conscientes del peligro que supone que este tipo de vehículos haya crecido tanto en los últimos años. Pagan todos los vehículos de movilidad personas, no conviene diferenciarlos porque lo importante para la DGT es la suma de todos y reducir los siniestros generales, no de un grupo determinado.

Javier Rodríguez

Javier Rodríguez

Periodista de motor con 10 años de experiencia en Atresmedia, centrado en Fórmula 1 y en la actualidad del mundo de la automoción. Ha colaborado en Car and Driver y le tira más un buen dato (o un reglamento bien leído) que un titular fácil.
Contacto: info@autonocion.com