El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que el mal conocido como céntimo sanitario –que podía oscilar dependiendo de la Comunidad Autónoma entre 1,2 y 4,8 céntimos de euro– es contrario a la legislación comunitaria.
El TJUE argumenta que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH) creado en 2002 no persigue una finalidad específica y no puede emplearse con el fin de financiar un gasto sanitario general por no existir un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y el fin del impuesto.
¿Cómo Reclamar el Céntimo Sanitario?
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha comentado a RTVE que por los últimos 5 años (plazo en que prescriben los delitos fiscales) cada camionero puede reclamar una media de 16.000 euros y cada conductor de autobús unos 14.000.
Los afectados que quieran reclamar al fisco la devolución de lo pagado sólo podrán hacerlo con las facturas de hidrocarburos con fechas entre marzo de 2010 y diciembre de 2012.
La Ley General Tributaria (LGT) establece en su artículo 221 el Procedimiento para la devolución de ingresos (Recurso de Reposición) en el que se deberán de aportar todas y cada una de las facturas de las diferentes estaciones de servicio con el desglose exacto de litros y el detalle del impuesto.
Hay que señalar que para el resto de los mortales que no nos dediquemos al transporte será bastante complejo solicitar dicha devolución ya que el simple recibo de caja o ticket no vale para efectuar la reclamación.
¿Tienes la documentación?, ¡dirígete a Hacienda!