El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), comúnmente llamado impuesto de circulación, es una de esas obligaciones como propietario de un coche que tenemos que afrontar, pero que en muchos casos genera dudas. Y es que no todo el mundo lo paga, el importe del mismo varía y se duda si es por el tipo de vehículo o el ayuntamiento, así como también se duda sobre si se puede fraccionar, cómo se paga y qué sucede si no se hace. En este artículo te explicamos qué es el impuesto de circulación, cuánto se paga, cuándo hay que abonarlo y cómo hacerlo paso a paso para evitar errores, recargos o sustos administrativos.
Impuesto de circulación: qué es y para qué sirve
El impuesto de circulación es una tasa a nivel municipal que deben pagar todos los propietarios de vehículos registrados en España independientemente del uso que se le de al coche en cuestión. Es decir, lo paga el propietario, es decir, el nombre a quien está el coche y no el conductor habitual del mismo; y, por otro lado, el encargado de recaudar esta tasa es el ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo que puede coincidir o no con la residencia del propietario. El pago de este impuesto por los propietario de vehículos se usa para hacer frente a servicios municipales como el mantenimiento de las calles, la señalización, seguridad vial y todo tipo de infraestructuras urbanas relacionadas con la conducción.
Pagar el impuesto de circulación: qué vehículos están obligados a pagar
Están obligados a pagar el impuesto de circulación todos los vehículos matriculados y dados de alta en la DGT ya sean turismos, motocicletas, ciclomotores, furgonetas, autobuses, camiones… Sin embargo, hay una serie de excepciones a la norma que se libran de hacer frente al pago. Están exentos del pago los siguientes vehículos:
- Vehículos oficiales
- Vehículos de diplomáticos
- Vehículos sanitarios
- Vehículos cuyo propietario tenga movilidad reducida (grado igual o superior al 33 por ciento)
- Vehículos de transporte público urbano con más de nueve plazas (incluida la del conductor)
- Maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola.
Cuánto cuesta el impuesto de circulación
El impuesto de circulación no tiene un importe fijo y dependerá de múltiples factores como el ayuntamiento donde se vaya a pagar, el tipo de vehículo, los caballos fiscales (potencia) del coche y las distintas bonificaciones por distintos motivos que podamos tener.
Precio base del impuesto de circulación:
TURISMOS
- De menos de 8 CVF: 12,62 €
- De 8 hasta 11,99 CVF: 34,08 €
- De 12 hasta 15,99 CVF: 71,94 €
- De 16 a 19,99 CVF: 89,61 €
- De 20 CVF en adelante: 112 €
MOTOS
- Ciclomotores: 4,42 €
- Motos hasta 125 cc: 4,42 €
- Motos de más de 125 cc hasta 250 cc: 7,57 €
- Motos de más de 250 cc hasta 500 cc: 15,15 €
- Motos de más de 500 cc hasta 1000 cc: 30,29 €
- Motos de más de 1000 cc: 60,58 €
A partir de ese precio base, cada ayuntamiento fija su propia tarifa dentro de unos límites legales. Se pueden pagar cantidades distintas por el mismo coche en ciudades distintas. Así podría ir de 40-60 euros en una ciudad pequeña a los 90-150 o más en una grande. El ayuntamiento también marcará las posibles bonificaciones o recargos que podamos tener. Así, un coche eléctrico o híbrido podría tener una rebaja en el impuesto de circulación, mientras que un vehículo altamente contaminante podría sufrir lo inverso, un recargo.
Cuándo y cómo se paga
El impuesto de circulación se paga una vez al año, pero no en la misma fecha en todos los municipios. Lo habitual es que el periodo de pago esté entre abril y junio y cada ayuntamiento es el que fija el calendario y plazo de pago, así como si este se puede realizar fraccionado. Es importante saber que no siempre vamos a recibir una carta en casa con el recibo para pagar y eso no exime de tener que cumplir con la obligación de pago. En cuanto a cómo realizar ese pago, tenemos varias opciones:
- Pago domiciliado: es la forma más cómoda. El ayuntamiento gira el importe directamente a nuestra cuenta cuando llega el momento de pagarlo. De esta forma es fácil evitar recargos, pero también es cierto que no permite el fraccionamiento y lo normal es que lo cobren al principio del periodo de pago
- Pago online: a día de hoy la mayoría de ayuntamientos permiten el pago por internet es su web oficial y se podrá realizar con tarjeta bancaria y se necesita el certificado digital o Cl@ve. El pago se hace efectivo al momento y queda constancia del mismo.
- Pago presencial: sigue existiendo la posibilidad de ir con nuestro recibo a las oficinas municipales o bancos colaboradores y efectuar el pago en persona.
Qué pasa si no pago el IVTM
Como es lógico, el no pagar un impuesto obligatorio tendrá consecuencias de distintos tipos. Si no pagas el impuesto de circulación en el período fijado tendrás diferentes recargos:
- Recargo del 5 %: si antes de que te llegue la notificación te das cuenta y realizar el ingreso del importe por alguna de las vías antes comentadas.
- Recargo del 10 %: si se realiza tras recibir la notificación correspondiente.
- Recargo del 20 %: se le pueden añadir los intereses de demora.
En caso de que siga sin abonarse, se pasaría a la vía ejecutiva lo que podría implicar un embargo de la cuenta e, incluso, del vehículo. Un vehículo que, sin tener el impuesto pagado y al día, no se podría vender ni transferir.