La llegada de los coches eléctricos ha cambiado la forma de conducir en España, pero también ha tenido su efecto en las normas básicas de convivencia. En este sentido, adaptándose a la nueva realidad en las ciudades, la DGT ha confirmado que ha entrada en vigor una nueva sanción, y nada tiene que ver con la velocidad, con el alcohol, con las señales de tráfico… se trata del aparcamiento, y se quiere poner fin a una práctica que cada vez era más habitual y que se aprovechaba de un vacío legal.
Las multas por mal aparcamiento
Hasta la fecha, las multas por mal aparcamiento son conocidas por todos, ya sea dejar el coche en doble fila, subido a la acera, invadir el paso de peatones, una salida de garaje. Estas multas siguen igual que siempre, y la multa es de 200 euros. Otras multas cada vez más comunes, también conocidos por la mayoría de conductores, es la de aparcar en zona SER sin el correspondiente ticket. En estos casos, las multas son menos cuantiosas que las de estar mal aparcado, en torno a los 90 euros.
En los últimos años, otras multas de aparcamiento a las que se les presta mucha atención, son las vinculadas a la carga y descarga. Estas zonas, destinadas principalmente para favorecer el tráfico en las zonas de comercio, suelen estar delimitadas por una franja horaria, y aparcar cuando no toca, lleva una sanción. Cada vez se vigila más esta actuación.
La nueva multa de la DGT
Pero en la movilidad actual hay un nuevo actor, ya no tan nuevo, que se ha aprovechado de un vacío legal en los últimos años para poder aparcar el coche, teniendo más ventaja que otros conductores. Si ya de por sí, tienen medidas favorables en las grandes ciudades, como la gratuidad en la zona SER, para algunos no es suficiente y abusan de los servicios que los ayuntamientos brindan para ellos. Y la DGT quiere acabar con estas malas prácticas.
Se trata de la plaza “icing”, desinadas para que los vehículos eléctricos puedan cargar sus coches. En este sentido, hay dos supuestos. El primero es que un coche de combustión decida usar la plaza pese a que, claramente, no le corresponde. Pero el segundo supuesto es para los propios usuarios de vehículos eléctricos, que, con la excusa de cargar el coche, ocupan esta plaza durante el tiempo que les vega en gana.
La nueva normativa es clara, un coche que esté más de dos minutos estacionado en estas plazas sin cargar el vehículo, podrá ser multado por ello. Por tanto, los vehículos de combustión que se detengan en estas plazas más de el tiempo estipulado, o los vehículos eléctricos que hayan completado la carga, podrán ser sancionados si sobrepasan este límite de tiempo.
Multas y sanciones
Quienes incumplan la normativa se enfrentan a sanciones de 200 euros, y en caso de no retirar el vehículo rápidamente, las autoridades podrían avisar a la grúa para la retirada, con la multa extra que esto conlleva. En el caso de los eléctricos, la excusa de cargar el coche no les va a librar de la sanción. Es como un coche de combustión deja el coche aparcado en una estación de servicio junto al surtidor, por haber echado gasolina.
La norma ya está en vigor, la DGT la ha activado y ha dado orden a los agentes de movilidad que estén pendientes de estas infracciones. El objetivo de estas plazas no es meramente para aparcar, es para que pueden ser utilizadas por personas que realmente lo necesitan, y si no se da este supuesto, podrá haber sanción.





