Lo habitual cuando ocurre un accidente es que el seguro proceda a reparar el coche, pero en aquellos casos en los que el coste de la reparación es superior al valor del vehículo, lo lógico es declarar el siniestro total. Sin embargo, eso no significa que el afectado tenga derecho a recibir el valor real del coche como si fuera nuevo.
En base a una sentencia de julio de 2020, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha establecido cómo se debe calcular la indemnización que tiene derecho a recibir el propietario de un vehículo que ha quedado siniestro total tras un accidente, en aquellos casos en los que la reparación resulta más cara que el valor de mercado del coche.
El objetivo no es otro que evitar el “enriquecimiento injusto” del perjudicado. Según se recoge en la sentencia, la indemnización para el propietario, en el caso de que el coste de la reparación supere el valor del vehículo, deberá ser su valor venal o de mercado más una cantidad porcentual, de recargo o de suplemento por riesgo o confianza.
En dicho porcentaje se incluyen los gastos administrativos, las dificultades para encontrar un vehículo similar en el mercado o la incertidumbre sobre su funcionamiento, por lo que dicho porcentaje variará de un caso a otro. La finalidad de la indemnización será la de reparar el daño causado y no la de “enriquecer” al perjudicado.
Es por ello que el resarcimiento del daño habrá de ser racional y equitativo, no pudiéndose imponer al causante una reparación desproporcionada o un sacrificio económico desorbitado que sobrepase la entidad real de los daños causados. Dicho de otra forma, la indemnización debe ajustarse al valor real del coche en el mercado.
Así lo indica la sentencia del Tribunal Supremo, que nos recuerda que el daño al propietario ha de ser resarcido, pero “en su justa medida, y no puede convertirse en beneficio injustificado para el perjudicado”, porque “el seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado”.

